SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2024-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2024-S4

Fecha: 17-Sep-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante Informe 589/2022 de 29 de julio, Fulgencio Alex Daza Condori, Investigador Asignado al Caso, señaló que: 1) El 28 de ese mes y año, Yesenia Flores Cortez se presentó en oficinas de la FELCC en la División Personas y Homicidios, para formular denuncia contra Tomás Ticuaso Nacapuyero –accionante–, por la presunta comisión del delito de asesinato, por un hecho que hubiera ocurrido en la zona Cipriano Barace Barrio Paitití, en la avenida Trinidad en la tercera entrada altura Parchería el 30 de mayo de 2015; 2) En la indicada fecha, a llamada de la Radio Patrulla 110, el personal de la FELCC se constituyó en la zona “Paitití Altura Afueras de las Oficinas de DIPROVE” (sic), donde se tomó contacto con la nombrada y Erika Valeria Céspedes Guzmán, quienes tenían aprehendido al ahora solicitante de tutela; por lo que, el mismo fue conducido en calidad de aprehendido por particulares a las Oficinas de la FELCC; y, 3) Por lo expuesto precedentemente, solicitó el inicio de causa y se realice el requerimiento a las instancias correspondientes (fs. 21 y vta.); asimismo, cursa Informe Complementario 589/2022 de 29 de julio, por el cual se adjuntó la entrevista a la denunciante (fs. 29).

II.2.  Consta Formulario de Denuncia de 28 de julio de 2022, presentado por Yesenia Flores Cortez contra Tomás Ticuaso Nacapuyero, por la presunta comisión del delito de asesinato, el cual hubiera ocurrido el 30 de mayo de 2015, en la avenida Trinidad zona Paitití, refiriendo que el ahora accionante conjuntamente Diego Franco Cuellar, en la indicada fecha hubieran salido a robar y atracar a la gente, llegando a atacar a una muchacha en dicha zona a la altura de la Parchería, ante cuyo hecho Iván Francisco Vaca Rodríguez hubiera salido en defensa de la muchacha, siendo apuñalado por el ahora peticionante de tutela, quien posteriormente al hecho, se dio a la fuga con rumbo desconocido (fs. 22 a 23).

II.3.  Cursa Acta de recepción de aprehensión por particulares de 28 de julio de 2022, a través de la cual se indica que se procedió a la recepción de aprehensión por particulares a Tomás Ticuaso Nacapuyero, quien fue trasladado a dependencias de la FELCC-División de Homicidios (fs. 26).

II.4.  Consta Informe  –de 29 de julio de 2022– de inicio de investigaciones, remisión de aprehendido, imputación formal y solicitud de aplicación de medidas cautelares contra Tomás Ticuaso Nacapuyero, suscrito por Juan Carlos Aguilera Numbela, Fiscal de Materia, ante el Juez de Instrucción Penal de turno, por la presunta comisión del delito de asesinato (fs. 36 a 42).