SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0608/2024-S2
Fecha: 18-Sep-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta contrato privado de alquiler de 1 de julio de 2018, suscrito por Yaskara Hazel Shirley Michell Coloma -accionante- en su calidad de inquilina y Jorge Arturo Sánchez Ponce, en calidad de encargado y responsable de la propietaria Elvira Graciela Ponce Martínez de Sánchez propietaria del inmueble de referencia, con relación a una tienda con destino a cafetería, ubicada en la av. “6 de Octubre” entre calles Rodríguez y Aroma de la ciudad de Oruro, por un canon locativo mensual de Bs1 800.-, vigente desde aquella fecha, por un año forzoso y uno voluntario, renovable previo acuerdo de partes (fs. 3 y vta.).
II.2. Se verifica Formulario 501 emitido por el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, referente al pago de patentes de la gestión 2020 -cuya fecha es ilegible-, de la actividad relativa a la “CONFITERÍA" denominada “SWEET COFFEE”, ubicada en la av. “6 de Octubre” 5081, entre calles Rodríguez y Aroma, a nombre de “Shirley Meruvia Michel” (fs. 4).
II.3. Por memorial de 10 de agosto de 2022, dirigido al “SEÑOR JUEZ CONCILIADOR DE TURNO DE LA CIUDAD DE ORURO” (sic), la peticionante de tutela solicitó conciliación previa, convocando al efecto a Susana Erika y José Remberto Sánchez Ponce, sin que conste sello del cargo de recepción (fs. 7).
II.4. Por impresiones de capturas de pantalla de WhatsApp, se tiene una propaganda de 30 de agosto y de 12 de septiembre de 2022, relativa a la apertura de una cafetería denominada “Sweet Toffee”; asimismo, constan fotos alusivas a la inauguración de dicho local sin fecha (fs. 53 y 55 a 57).
II.5. Cursa Acta Notarial 130/2022 de 20 de septiembre, elaborada por Paola Vanessa Camacho Ojeda, Notaria de Fe Pública 8 de Oruro, quien señaló: “…me constituí en las afueras del domicilio ubicado en la calle 6 de octubre entre Rodríguez y Aroma N° 5079 (frente al Parque de la Unión Nacional), quien hizo mención de haber ocupado en dicho lugar un ambiente en alquiler el mismo que da hacia la calle y que cuenta con una puerta de color blanco que se encuentra con rejas y con dos candados y una ventana también cerrada con rejas de madera y con candado” (sic). Se acompañó a dicha Acta Notarial fotos de un ambiente, cuya puerta de reja y ventana se hallaban cerradas con candados (fs. 8 a 10).
II.6. Consta una foto del frontis de “Sweet Toffee” de 6 de diciembre de 2022 (fs. 54).
II.7. Se tiene fotografía -sin fecha- impresa a color de un local comercial denominado “Sweet Coffee artesanal”, con la persiana de la ventana abierta y la puerta de vidrio sin una reja que le anteceda, con un cartel que indicaba que se hallaba abierta dicha cafetería (fs. 11).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Por su parte, si bien debe garantizarse para los afectados con vías de hecho una tutela constitucional efectiva y un real acceso a la justicia constitucional, por la naturaleza de estos actos ilegales graves, para asegurar una certeza jurídica y cons