SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0609/2024-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2024-S4

Fecha: 17-Sep-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por Resolución del Tribunal del Personal del Ejército 120/2019 de 25 de septiembre, el Tribunal de Personal del Ejército, determinó sanción disciplinaria con destino a la Letra “B” de disponibilidad por el tiempo de seis meses contra Bismarck Alejandro Rioja Lovera –hoy accionante–, en virtud al art. 110 de la LOFA, por incumplir el art. 245 de la CPE, en lo referente a la jerarquía y disciplina vulnerando los arts. 1 inc. f) y 112 de la misma Ley; y, la comisión de las faltas disciplinarias establecidas en el art. 10 numerales 2, 22 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos 23 (fs. 139 a 146).

II.2.    A través de Resolución del Tribunal del Personal del Ejército 006/2020 de 12 de febrero, el Tribunal de Personal del Ejército dispuso la improcedencia del recurso de reconsideración interpuesto por el impetrante de tutela contra la Resolución del Tribunal de Personal del Ejército 120/2019 (fs. 162 a 170).

II.3.    Mediante Resolución del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas del Estado 04/21 de 22 de abril de 2021, el Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas, resolvió el recurso de apelación interpuesto por el solicitante de tutela contra las Resoluciones del Tribunal de Personal del Ejército 120/2019 y 006/2020, determinando confirmar los fallos impugnados, manteniendo en consecuencia firme y subsistente la sanción de destino a la Letra “B” de disponibilidad por el lapso de seis meses contra el recurrente; decisión que le fue notificada al mismo, el 1 de febrero de 2022 (fs. 209 a 215; y, 216).