SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2024-S2
Fecha: 26-Sep-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Consta la Conminatoria
de Reincorporación Laboral por Estabilidad Laboral JDTSC/JCCHS/CONM. 061/2022
de 1 de abril, emitida por el Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz, dependiente
del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, conminando a la CNS -entidad
hoy accionada-, reincorpore a Ángela Mariel Zarate Guzmán
-ahora peticionante de tutela- a su fuente laboral, reponiendo los sueldos
devengados desde el despido injustificado, en aplicación del
DS 0495, manteniendo su antigüedad y demás derechos correspondientes.
Determinación notificada a la señalada institución el 4 de mayo del mismo año
(fs. 16 y 18 a 20).
II.2. Cursa Informe Memorándum JDTSC/I/VER.REINC./LAB.052/2022 de 19
de mayo, de verificación de reincorporación laboral de la accionante, emitido
por la Inspectora de la Jefatura Departamental de Trabajo de
Santa Cruz, señalando que, la entidad accionada no dio cumplimiento a la citada
Conminatoria (fs. 13).
II.3. Ante la presentación del
recurso de revocatoria contra la Conminatoria de Reincorporación Laboral por
Estabilidad Laboral JDTSC/JCCHS/CONM. 061/2022 por María Inés Campos Surubi, mediante RA JDTSC/JCCHS/R.R. 143/22 de 14 de junio
de 2022, el Jefe Departamental de
Trabajo de
Santa Cruz, la confirmó totalmente (fs. 7 a 9)