SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0601/2024-S2
Fecha: 16-Sep-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Consta la Sentencia 01/2021 de 3 de agosto, emitida por Sandro Andrés Quiroga Aparicio, Juez Agroambiental de San Pedro de Buena Vista del departamento de Potosí, dentro del proceso de desalojo por avasallamiento interpuesto por Teófilo Yugar Rojas, Secretario General de la OTB de Julo Grande del municipio de Toro Toro -ahora tercero interesado- del referido departamento, contra Roberto Rojas Suárez -hoy impetrante de tutela- y otros, por la que se declaró probada la demanda (fs. 202 a 216 vta.).
II.2. Por memorial presentado el 13 de agosto de 2021, el peticionante de tutela interpuso recurso de casación en el fondo y en la forma contra la Sentencia 01/2021, solicitando se revoque la misma hasta el vicio más antiguo y se declare improbada la demanda de desalojo por avasallamiento (fs. 218 a 226 vta.).
II.3. A través de Auto Agroambiental Plurinacional S2ª 083/2021 de 12 de octubre, emitido por Rufo Nivardo Vásquez Mercado y Gregorio Aro Rasguido, Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, se declaró infundado el indicado recurso de casación, manteniendo firme y subsistente la Sentencia de primera instancia, con condenación de costas y costos al recurrente; fallo que fue notificado a las partes el 18 de octubre de 2021 (fs. 254 a 268 vta.), así mismo consta notificación con dicho fallo a las partes en la misma fecha (fs. 269).
II.4. Cursa la Resolución 025/2022 de 11 de marzo, emitida por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, ante la interposición de la acción de amparo constitucional por el hoy accionante contra los Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental; por la que se concedió parcialmente la tutela solicitada y, consecuentemente, se dejó sin efecto el Auto Agroambiental Plurinacional S2ª 083/2021, disponiendo se dicte una nueva resolución (fs. 334 a 337 vta.).
II.5. Se tiene Auto Agroambiental Plurinacional S2ª 41/2022 de 31 de mayo, emitido por Ángela Sánchez Panozo y Gregorio Aro Rasguido, Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental -ahora accionados-, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 025/2022, a través del cual declararon infundado el recurso de casación interpuesto por el impetrante de tutela y mantuvieron firme y subsistente la Sentencia 01/2021, condenando en costas y costos al recurrente (fs. 371 a 389).
II.6. De la revisión del Sistema de Gestión Procesal de este Tribunal Constitucional Plurinacional, se evidencia una acción de amparo constitucional interpuesta por Roberto Rojas Suárez signada con el número de expediente 45716-2022-92-AAC contra Sandro Andrés Quiroga Aparicio, Juez Agroambiental de San Pedro de Buena Vista del departamento de Potosí; y, Rufo Nivardo Vásquez Mercado y Gregorio Aro Rasguido, Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en la que se pronunció la SCP 1372/2022-S3 de 4 de octubre, que en revisión de la Resolución 025/2022 -antes descrita- resolvió revocar en parte la misma, y en consecuencia, denegar en todo la tutela solicitada, aclarando que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.