SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2024-S2
Fecha: 18-Sep-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 14/2024 de 24 de agosto, cursante de fs. 58 a 60 vta., pronunciada por la Jueza de Sentencia Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres Cuarta de la Capital del departamento de Oruro; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, respecto a terceros desconocidos, a fin de que se abstengan de poner en riesgo la vida del accionante y de su familia;
2° Disponer la remisión de antecedentes al Ministerio Público conforme los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional; debiendo al efecto por Secretaría General notificarse al Fiscal Departamental de Oruro con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
3° DENEGAR la tutela, con relación a los demandados por las razones expuestas en esta Sentencia Constitucional Plurinacional, así como, respecto al pago de daños y perjuicios.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III. Todas las niñas, niños y adolescentes, sin distinción de su origen, tienen iguales derechos y deberes respecto a sus progenitores. La discriminación entre hijos por parte de los progenitores será sancionada por la ley”.
- POR TANTO
- MAGISTRADA