SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0619/2024-S2
Fecha: 23-Sep-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa copia de cédula de identidad de Mario Alcón Quintana -hoy accionante-, nacido el 22 de julio de 1958 (fs. 59).
II.2. Por Auto Interlocutorio 22/2022 de 23 de junio, emitida por Franklin Siñani Velasco, Juez de Sentencia Penal Octavo -en suplencia legal del Juez de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero- de la Capital del departamento de La Paz -ahora demandado- dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Yolanda Elvira Mendoza Vargas contra el peticionante de tutela, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, se determinó la procedencia de la aplicación de la detención preventiva del prenombrado por el lapso de cuatro días a cumplirse en la Unidad de Conciliación Ciudadana y Familiar de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, por incumplimiento de medidas de protección (fs. 57 a 58 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II. Las medidas de protección especial son independientes y tienen finalidad distinta que las medidas cautelares personales previstas en este Código.
- I. Cuando se trate de delitos vinculados a las distintas formas de violencia contra niñas, niños, adolescentes o mujeres, se aplicarán las medidas de protección especial establecidas en los siguientes Artículos, a fin de evitar que el hecho produzca
- II. Se podrá imponer una sola de las medidas señaladas o varias de ellas, según resulte más adecuado al caso concreto y con la debida fundamentación para cada una de ellas. Estas medidas son de cumplimiento inmediato y obligatorio pudiendo recurrirse
- ‘ARTÍCULO 32. (FINALIDAD).
- Por su parte, la Convención de Belém do Pará, señala en su art. 7.g, la obligación para los Estados de establecer los mecanismos judiciales y administrativos necesarios para asegurar que la mujer objeto de violencia, tenga acceso efectivo al resarcim