SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0636/2024-S2
Fecha: 26-Sep-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Testimonio 1419/2021 de 2 de septiembre, de sustitución de poder especial, amplio y suficiente 378/2021 de 18 de agosto, que confiere Edmundo Miranda Saravia a favor de Silverio Bamba Perales y Hermenegilda Felipa Suruguay Escalante -hoy accionantes- con la facultad de otorgar en venta a favor de terceras personas o adjudicarse el vehículo clase camión, marca Volvo, tipo FH16, modelo 1999, color azul, con placa de control 1628-EZC, póliza de importación 60660260 (fs. 4 a 6 vta.).
II.2. Consta Escritura Pública con Testimonio 1839/2021 de 16 de diciembre, de compra y venta de vehículo clase camión, marca Volvo, tipo FH16, modelo 1999, color azul, con placa de control 1628-EZC, suscrito por Silverio Bamba Perales y Hermenegilda Felipa Suruguay Escalante como vendedores apoderados y a su vez compradores, por la suma de Bs30 000.- (treinta mil bolivianos [fs. 2 a 3 vta.]).
II.3. Por memorial de 28 de octubre de 2022, Ronald Martin Armando Vargas Montaño, Fiscal de Materia comunicó al Juez de Instrucción Penal de turno de la Capital del departamento de Oruro, el inicio de investigación dentro del caso con CUD 401502012202352 seguido a instancia de Félix Mamani Villca -hoy tercero interesado- contra autor, cómplice y encubridores, por la presunta comisión del delito de robo (fs. 83).
II.4. Requerimiento Fundamentado de Secuestro de Vehículo y Orden de Secuestro de 17 de noviembre de 2022, emitidos por Franz Imber Huanay Cáceres, Fiscal de Materia -ahora accionado-, asignado al caso con CUD 401502012202352, por los que se dispuso el “…SECUESTRO DEL VEHICULO: