SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2025-S4
Fecha: 24-Feb-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión de compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. A través de la Comisión Disciplinaria y de Convivencia Pacífica de Nivel Secundaria, el 26 de agosto de 2024 el Colegio Saint Francis School, emitió el Comunicado titulado como ”Informe 5”, en el cual se relata el incidente que se produjo dentro de dicha institución con el estudiante AA menor de edad, el 23 de igual mes y año, donde se señala, que con base a los informes emitidos por el personal de la institución y la evidencia captada por las cámaras de seguridad del colegio, se pudo observar que el estudiante se encontraba jugando baloncesto, pide la pelota a su compañero BB también menor de edad y este último le hace rebotar la pelota en el suelo y accidentalmente impacta en la boca de AA donde empiezan los forcejeos y empujones y al intentar contener esta situación se observó otra agresión física al profesor Junior Meneses de la materia de Educación Física y la agresión física contra el estudiante BB, determinando que en aplicación del Art. 50 de su reglamento correspondía la sanción de suspensión desde el 29 de agosto, hasta el 5 de septiembre de la gestión 2024, señalando a su vez que, en caso de incurrir en una nueva falta dentro de la institución se aplicaría el reglamento vigente (fs. 3).