SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2025-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2025-S2

Fecha: 26-Feb-2025

II.   CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante Nota ABHM. Stria. Gral. 342/22 de 24 de octubre de 2022, Ricardo Félix Morales Coronel, Director Nacional Accidental de la Academia Boliviana de Historia Militar, remitió a Hugo Eduardo Arandia López, entonces Comandante General del Ejército, la solicitud de la misma fecha, presentada por Erick Leopoldo Pino Ayala, Sub Director Administrativo de dicha repartición militar -ahora accionante-, a través del cual el nombrado, pidió información relacionada a su continuidad en el proceso de ascenso de grado de Coronel a General de Brigada y la existencia del Reglamento de la Ley de Ascensos de las Fuerzas Armadas; además, requirió fotocopias legalizadas del informe de primera instancia del referido proceso y del libro de actas del “Tribunal de Ascenso”, notas que, a través de la Nota ABHM. Stria. Gral. 343/22 presentada el 25 de igual mes y año, ante el Comandante en Jefe de las FF.AA. del Estado, el Director Nacional Accidental de la indicada Academia, solicitó sean remitidas por la sección que corresponda -se entiende- al Comandante General del Ejército (fs. 3 a 8). 

II.2.  Por Nota ABHM. Stria. Gral. 344/22 de 24 de octubre de 2022, el citado Director Nacional Accidental de la Academia Boliviana de Historia Militar, remitió al entonces Comandante General del Ejército, la solicitud del impetrante de tutela “…referente a las solicitudes presentadas a su Autoridad en fechas 12-JUL-22 y 08-AGO-22” (sic); asimismo, constan notas del mismo remitente al Comandante en Jefe de las FF.AA. del Estado, Nota ABHM. Stria. Gral. 345/2022 recibida el 25 de octubre de ese año, por el que el nombrado Director Nacional Accidental solicita que, por la sección correspondiente se remita el oficio antes descrito. También consta una solicitud del peticionante de tutela dirigida al Comandante General del Ejército, de 24 del citado mes y año, impetrando informe fundamentado de las acciones realizadas u orden de dicha autoridad militar con relación a su reclamo por el incidente suscitado en el acto de iza de la bandera en la Plaza Avaroa de la ciudad de Villazón del departamento de Potosí, en los actos conmemorativos del 23 de marzo del mismo año (fs. 10 a 14).

II.3.  Por Nota ABHM. Stria. Gral. 353/22 de 8 de noviembre de 2022, el indicado Director Nacional Accidental, solicitó ante Juan José Zúñiga Macías, Comandante General Accidental del Ejército -hoy accionado-, atender la solicitud del accionante, remitido a través de la Nota ABHM. Stria. Gral. 342/22 (fs. 9).

II.4.  A través de la Nota ABHM. Stria. Gral 364/22 presentada el 11 de noviembre de 2022, el referido Director Nacional dirigiéndose al Comandante en Jefe de las FF.AA. del Estado, solicitó que, en atención a la Nota ABHM. Stria. Gral. 363/22 de igual data; por la que, el mismo remitente adjunta al mencionado Comandante General accionado, la nota del impetrante de tutela de 10 de dicho mes y año, por la que éste, requirió informe respecto a su cambio de destino de la Jefatura de Frontera Militar V “Villazón” al Comando en Jefe de las FF.AA. -del Estado-, a efectos de que se remita por la sección que corresponda al señalado destinatario (fs. 16 a 20).

II.5.  Por Nota ABHM. Stria. Gral. 368/22 de 24 de noviembre de 2022, Erick Leopoldo Pino Ayala, como Director Nacional Accidental de la Academia Boliviana de Historia Militar -ahora peticionante de tutela-, pidió al indicado Comandante General accionado, atender su solicitud, remitido a través de la Nota ABHM. Stria. Gral. 363/22 (fs. 21).

II.6.  Cursa Acta Notarial 132/2022 de 17 de noviembre, labrada por Cristian Emanuel Hernández Sánchez, Notario de Fe Pública 30 de la Capital del departamento de La Paz, correspondiente al apersonamiento de Karen Revollo Beltrán, representante legal del accionante, al Comando en Jefe de las FF.AA. del Estado Plurinacional de Bolivia, ubicado en calle 9, zona Obrajes de la ciudad Nuestra Señora de La Paz, para recabar las respuestas a las Notas ABHM Stria. Gral. 339/22, ABHM Stria. Gral. 343/22, ABHM Stria. Gral. 345/22, todas de 24 de octubre de 2022; donde les informaron de la remisión de dichos oficios a la -Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional- (COFADENA) y al Estado Mayor del Ejército; por lo que, acudieron a esta última repartición militar, donde les manifestaron que las dos últimas notas se encontraban en análisis (fs. 22 y vta.).

II.7.  Se tiene la Nota Dpto. l – PERS. SASC. 1737/22 de 16 de diciembre de 2022, a través de la cual, la autoridad militar accionada contestó la solicitud del impetrante de tutela de 24 de octubre del citado año, expresando que, “…referente a la petición de Informe de manera fundamentada y motivada cuales fueron las acciones que realizó u ordenó con relación a su reclamación por no izar la Bandera de Reivindicación Marítima ni la Wiphala; al respecto, no se realizó ninguna acción, en vista que Usted se encontraba destinado en la Jefatura de Frontera N° 5 Villazón dependiente del Ministerio de Defensa, debiendo dirigir su solicitud a esa instancia” (sic); oficio que fue remitido a Hugo Eduardo Arandía López, Comandante en Jefe de las FF.AA. del Estado, para su respectiva notificación al peticionante de tutela y remisión al “..DPTO. l – PERS. del Ejército…” (sic [fs. 46 a 48]).

II.8.  Mediante Nota Dpto. l – PERS. SASJUR. 1800/22 presentado el 16 de diciembre de 2022, la autoridad militar accionada puso en conocimiento y consideración del Comandante en Jefe de las FF.AA. del Estado, la Nota Dpto. l – PERS. SASJUR. 1801/22 de la misma fecha, la respuesta relacionada a la solicitud del accionante concerniente a su cambio de destino de la Jefatura de Frontera Militar V “Villazón” al Comando en Jefe de las FF.AA. del Estado (fs. 49 a 52).