SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2025-S2
Fecha: 14-Feb-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 153/2024 de 13 de septiembre, cursante de fs. 47 a 49, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres Cuarto de la Capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada respecto a Veymar Gonzalo Tarqui Poma, Secretario del Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Guanay del departamento de La Paz, por vulnerar el derecho al debido proceso con relación al principio de celeridad, vinculado con el derecho a la libertad;
2° DENEGAR la tutela impetrada respecto a Clemente Márquez Laura, Juez; y, el Oficial de Diligencias, ambos del citado Juzgado; y en cuanto a la lesión del derecho al debido proceso con relación a los principios de especialidad, pro homine, igualdad y no discriminación.
3° Se dispone por Secretaría General de este Tribunal, se remita una copia legalizada del presente fallo constitucional al Consejo de la Magistratura a efectos de determinar la existencia o no de responsabilidad administrativa del supra nombrado Secretario.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Boris Wilson Arias López MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas MAGISTRADA