SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2025-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2025-S3

Fecha: 28-Feb-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante Auto Supremo 181/2019 de 27 de noviembre, emitido por los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, se dispuso la detención preventiva con fines de extradición, por el término de sesenta días, del ciudadano Peruano, Roberto Rolando Salinas Chumacero -ahora accionante-, quién se encontraría recluido en el Centro Penitenciario de Palmasola de Santa Cruz (fs. 2 a 4 vta.). En consecuencia, Livia Santa Alarcón Aranda, Jueza de Instrucción Penal Decimotercera de la Capital del departamento de Santa Cruz, expidió el mandamiento de detención preventiva con fines de extradición del accionante (fs. 12).

II.2.    A través del Auto Supremo 125/2021 de 11 de octubre, los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, declararon procedente la extradición del accionante, disponiendo la ejecución diferida hasta la conclusión del proceso penal seguido en su contra, por los delitos de robo agravado, falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado, tenencia y porte o portación ilícita de armas y asociación delictuosa, sustanciado actualmente en el Juzgado de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz; y en caso de que la Sentencia a dictarse sea condenatoria, hasta la ejecución de la pena a imponerse (fs. 5 a 7 vta.).

II.3.    Cursa mandamiento de libertad definitiva por cumplimiento de condena del accionante -siempre y cuando no se encuentre detenido por otro delito-, expedido el 9 de junio de 2022, por la Jueza de Ejecución Penal Primero de la Capital del departamento de Santa Cruz (fs. 8).

II.4.    Mediante memorial presentado el 13 de junio de 2022, el impetrante de tutela, ante el Juez de Instrucción Penal Octavo de la Capital del departamento de Santa Cruz, solicitó se libre mandamiento de excarcelación; puesto que el Juzgado de Ejecución Penal Primero del mismo departamento, libró el mandamiento de libertad definitiva a su favor (fs. 8). Mereciendo el decreto de 15 de igual mes y año, a través del cual, señaló que en atención a la copia legalizada del mandamiento de libertad definitiva por cumplimiento de condena y el Auto Supremo 125/2021 de 11 de octubre, por secretaría emítase el correspondiente mandamiento de excarcelación y póngase a conocimiento del Comando Departamental de Santa Cruz de la Policía Boliviana y de la Dirección Departamental de la INTERPOL, oficiándose a dichas instituciones (fs. 10). Posteriormente, el 17 de citado mes y año, la Jueza de Instrucción Penal Octavo de la Capital del departamento de Santa Cruz, mediante mandamiento, ordenó al Director del Centro de Rehabilitación Palmasola de Santa Cruz, que proceda a la excarcelación y entrega con fines de extradición a la República de Perú, a efectivos de INTERPOL al ciudadano de nacionalidad Peruana, Roberto Rolando Salinas Chumacero (fs.13); con dicho mandamiento se notificó a la autoridad demandada, el 28 de junio de 2022 (fs. 14).

II.5.    Mediante Nota 915/22 de 17 de junio de 2022, la Jueza de Instrucción Penal Octavo de la Capital del departamento de Santa Cruz, hizo conocer al Comandante Departamental de Santa Cruz de la Policía Boliviana, que mediante Auto Supremo 125/2021 de 11 de octubre se concedió la solicitud de extradición del accionante a la República de Perú, por ello emitió el correspondiente mandamiento de excarcelación para la entrega del extraditable al Estado requirente mencionado. Dicho oficio contiene el cargo de recepción de 28 de junio de 2022 a horas 11:10 (fs. 15).