SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2025-S1
Fecha: 05-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa la Sentencia 44/2023 de 14 de marzo, emitida por José Alberto Molina Velásquez, Juez Público de Familia Séptimo de la Capital del departamento de Potosí, dentro del proceso de declaratoria de interdicción interpuesto por Martha Cynthia Calvo Quintanilla -ahora accionante- contra Hortencia Quintanilla Bravo Vda. de Calvo -hoy tercera interesada-; declarando probada la demanda e interdicta a la demandada de ochenta y cuatro años de edad, y sin capacidad para ejercer los actos de la vida civil, quien por ningún motivo deberá abandonar su domicilio actual; asimismo, por razones de mejor cuidado, dispuso que en ejecución de sentencia de manera inmediata la Defensoría del Adulto Mayor del Gobierno Autónomo Municipal del citado departamento, intervenga para buscar una persona idónea con la finalidad de ser designada como su tutora o tutor, cuyos gastos y sueldos deberán ser cancelados en prorrata por sus hijos (fs. 5 a 7).
II.2. Por Auto de Vista 80/2023 de 17 de noviembre, Rimberty Mamani Herrera -ahora accionado- y Hjovanna Alarcón Durán, Vocales de la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, revocaron totalmente la Sentencia 44/2023, declarando improbada la demanda de interdicción planteada por la accionante (fs. 8 a 12).