SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2025-S1
Fecha: 07-Mar-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 46/2022 de 17 de agosto, cursante de fs. 33 a 39 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, disponiendo:
a) Dejar sin efecto el Auto de Vista 181/2022 SP2 de 15 de julio, debiendo los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija emitir uno nuevo, pronunciándose únicamente respecto al peligro de obstaculización previsto por el art. 235.2 del Código de Procedimiento Penal enmarcado en el derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, de acuerdo a lo señalado en este fallo constitucional.
2° DENEGAR la tutela solicitada respecto a los derechos a la presunción de inocencia y al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación con relación al riesgo de fuga previsto por el art. 234.7 del Código de Procedimiento Penal y valoración de prueba; y, respecto a Martha Raquel Rojas Rojas, Jueza de Instrucción Penal Primera de Villamontes del departamento de Tarija; conforme con los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional.
CORRESPONDE A LA SCP 0042/2025-S1 (viene de la pág. 28).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dra. Amalia Laura Villca
MAGISTRADA
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA