SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2025-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2025-S1

Fecha: 10-Mar-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante Nota de 11 de marzo de 2022, Ramón Isaías Coronel Rodríguez,  Presidente del Consejo de Administración de FERECOMIN “‘INTEGRANDO LA PAZ’ R.L.” FERECOMIN L.P.-R.L. (en formación) -ahora accionante- subsanó las observaciones efectuadas a la Nota AFCOOP/DGE/DCF/TRA/NE/215/2022 de 4 de marzo (fs. 46 a 49); siendo respondida el 1 de abril de 2022, por Nota AFCOOP/DGE/DCF/TRA/NE/356/2022 de 1 de abril de acuerdo con el art. 12.II inc. c) del DS 1995 de 13 de mayo de 2014 -Reglamento de la Ley 356 de 11 de abril de 2013 (Ley General de Cooperativas)-; puesto que, al no aclarar ni complementar las observaciones en el plazo se desestimaba y daba por no presentada la petición (fs. 41 a 44).

II.2.  A través de Nota de 16 de mayo de 2022, dirigido al entonces Director General Ejecutivo a.i. de la AFCOOP el accionante aclaró lo observado a la Nota AFCOOP/DGE/DCF/TRA/NE/356/2022 y pidió la prosecución del trámite (fs. 31 a 40); recibiendo en respuesta la Nota con Cite: AFCOOP/DGE/DCF/NE/621/2022 de 24 de mayo, ratificando lo resuelto ante las incongruencias expresadas, debiendo obrar conforme el procedimiento establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo (fs. 45).

II.3.  Cursa RA 50/2022 de 18 de julio, emitido por el entonces Director General Ejecutivo a.i. de la AFCOOP ante el recurso de revocatoria interpuesto por el accionante contra la Nota AFCOOP/DGE/DCF/TRA/NE/356/2022, mediante la cual fue rechazado y confirmado en su totalidad el acto administrativo impugnado (fs. 21 a 30).

II.4.  Consta Informe AFCOOP/DGE/DCF/TA/PJ/INF 496/2022 de 24 de octubre, emitido por la Analista Legal de Control y Fiscalización de cuyos antecedentes se tiene establecido que formulado el recurso jerárquico contra la RA 50/2022, el Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social por RM 1247/2022 de 20 del citado mes, dispuso la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta el Informe AFCOOP/DGE/DCF/PJ/INF 121/2022 de 1 de abril, debiendo la “AFCOOP” reconducir el trámite (fs. 10 a 15).

II.5.  En observancia de lo resuelto, en la RA 50/2022, la Analista Legal de Control y Fiscalización en el Informe emitido AFCOOP/DGE/DCF/TA/PJ/INF 496/2022, elaborado en relación a la subsanación a la solicitud de otorgación de personalidad jurídica de la FERECOMIN “‘INTEGRANDO LA PAZ’ R.L.”- FERECOMIN L.P.-R.L. (en formación), en el que luego del análisis respectivo se recomendó aprobar dicho Informe, emitir y firmar las respectivas resoluciones administrativas de otorgación de personalidad jurídica y registro de inclusión de asociados e inscripción de consejeros (fs. 10 a 15).

II.6.  Cursa RA PJ 329/2022 de 24 de octubre, emitido por Alejandro Ajata Cachaca, Director General Ejecutivo a.i. de la AFCOOP -ahora accionado-, quien en atención a la recomendación efectuada en el Informe AFCOOP/DGE/DCF/TA/PJ/INF 496/2022, resolvió: Primero, otorgar personalidad jurídica a la FERECOMIN “‘INTEGRANDO LA PAZ’ R.L.” - FERECOMIN L.P.-R.L.; Segundo, instruyó proceder con su inscripción en el Registro Estatal de Cooperativas bajo el código 01.01.02.1370; Tercero, Homologó el Estatuto Orgánico de FERECOMIN “‘INTEGRANDO LA PAZ’ R.L.” - FERECOMIN L.P.-R.L. redactado en sus XV capítulos y 107 artículos; y, Cuarto, Instruyó al Encargado de la Unidad de Tecnologías de Información y al Responsable de Archivo inscribirla en el Registro Estatal de Cooperativas y su notificación (fs. 5 a 6).

II.7.  Consta RA 1893/2022 de 24 de octubre, emitido por el Director ahora accionado que resolvió: Primero, registrar a cuatro centrales cooperativas asociadas de la FERECOMIN “‘INTEGRANDO LA PAZ’ R.L.” - FERECOMIN L.P.-R.L. en el Registro Estatal de Cooperativas y su notificación, asignándole la responsabilidad de emitir los certificados de aportación; Segundo, registrar a los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia de la FERECOMIN “‘INTEGRANDO LA PAZ’ R.L.” - FERECOMIN L.P.-R.L., que fueron elegidos el 19 de febrero de 2022 y por un período de dos años; Tercero, por previsión de los arts. 60 de la LGC - y 41 del DS 1995 el Presidente del Consejo de Administración es el representante legal de FERECOMIN “‘INTEGRANDO LA PAZ’ R.L.” - FERECOMIN L.P.-R.L.; Cuarto, estableció la responsabilidad conjunta, solidaria y mancomunada de los Consejeros del Consejo de Administración y Vigilancia; y, Quinto, instruyó al Encargado de la Unidad de Tecnologías de Información y al Responsable de Archivo su inscripción en el Registro Estatal de Cooperativas y su notificación (fs. 7 a 9).

II.8.  Por RA 066/2022 de 27 de octubre, el Director hoy accionado, resolvió: Primero, al amparo del art. 55 del DS 27113, dispuso la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta el Informe AFCOOP/DCF/CON/PJ-SUBS 120/2022 de 22 de marzo, inclusive, para que se adecue el trámite al procedimiento establecido en la normativa vigente; y, Segundo, instruir al Encargado de Tecnologías de Información y al Responsable de Archivo, la cancelación de las Resoluciones Administrativas PJ 329/2022 y 1893/2022, ambas de 24 de octubre, en el Registro Estatal de Cooperativas (fs. 56 a 63).