SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2025-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2025-S4

Fecha: 21-Mar-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Silvia Lizbeth Sandoval Salinas, hoy accionante, por la supuesta comisión del delito de Legitimación de Ganancias Ilícitas, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz –hoy accionada–, a través del Auto de Vista 412/2022 de 30 de junio, declaró inadmisible el recurso de apelación incidental, interpuesto por la accionante y otros; y, confirmó la Resolución 437/2022 de 27 de mayo, emitida por el Juez de Instrucción Penal Anticorrupción y Violencia Hacia la Mujer Tercero de la capital, del mismo Tribunal (fs. 5 a 6 vta.).

II.2.  Se tiene memorial de acción de libertad de 12 de agosto de 2022, presentada por Nelson Pimentel Ballesteros en representación sin mandato de la hoy accionante contra Henry David Sánchez Camacho, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, -ahora accionado-, solicitando conceda la tutela; y, se proceda al restablecimiento del derecho al debido proceso vinculado al derecho a la impugnación; se disponga la nulidad del Auto de Vista 412/2022 de 30 de junio; y, se ordene la emisión de nueva resolución; petición que resulta similar a la expuesta en la presente acción de defensa (fs. 32 a 37). Acción de libertad que fue admitida mediante Auto de 30 de agosto de 2022, por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, señalando al efecto la audiencia virtual para el 31 del indicado mes y año (fs. 38).

II.3.  De la revisión del Sistema de Gestión Procesal de este Tribunal, se evidencia la existencia de una primera acción de libertad interpuesta por la hoy impetrante de tutela contra la misma autoridad judicial hoy accionada, la cual fue signada con el número de expediente 50763-2022-102-AL, encontrándose el mismo a la fecha pendiente de resolución.