SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2025-S1
Fecha: 24-Mar-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 006/2023 de 6 de febrero, cursante de fs. 259 a 266 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del departamento de Potosí; y en consecuencia:
1° ANULAR obrados hasta el acta de audiencia pública de consideración de la presente acción tutelar, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en esta Sentencia Constitucional Plurinacional;
2° Disponer que de forma inmediata el Presidente de la Sala Constitucional Primera del departamento de Potosí, en observancia del art. 7.V literal d. de la Ley 1104, convoque al Vocal de la Sala Constitucional siguiente en número a los fines de dirimir la controversia y conformar el quorum requerido para
CORRESPONDE A LA SCP 0168/2025-S1 (viene de la pág. 14).
la validez y eficacia de la resolución a emitirse, previa exigencia de la devolución de la Orden Instruida que acredite la citación al demandado Gilver Saúl Villarroel Valencia, y en caso de existir nuevos Vocales designados, sean éstos quienes de forma inmediata convoquen a nueva audiencia para resolver la problemática planteada y de persistir la disidencia de uno de ellos, observen el procedimiento establecido.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA
Fdo. Dra. Amalia Laura Villca
MAGISTRADA