SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2025-S3
Fecha: 31-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Certificación de Permanencia y Conducta de 11 de julio de 2022, emitida por el Director del Centro PenitenciarioPalmasola de Santa Cruz, se estableció que Nelson Enrique Gracia Celis -accionante- se encuentra detenido preventivamente en el mencionado recinto carcelario el tiempo de cinco años, cinco meses y veinticuatro días (fs. 11).
II.2. A través de la Sentencia 65/2022 -no consigna fecha, pero refiere que fue notificada el 5 de septiembre de 2022- pronunciada por la Jueza demandada, se declaró a Nelson Enrique Gracia Celis autor y culpable de la comisión del delito de robo agravado previsto y sancionado en el art. 332 del Código Penal (CP), imponiéndole en consecuencia una pena de presidio de cinco años y siete meses, a ser cumplida la misma en el Centro PenitenciarioPalmasola de Santa Cruz, debiendo a su vez computarse como parte de la pena cumplida el tiempo que estuvo guardando detención preventiva (fs. 4 a 5 vta.).
II.3. Por memorial presentado el 28 de septiembre de 2022, el impetrante de tutela, haciendo conocer que se encontraría recluido en el mencionado penal el tiempo de cinco años y ocho meses, solicitó se libre mandamiento de libertad definitiva por cumplimiento de condena (fs. 10 y vta.).
II.4. En respuesta al memorial presentado anteriormente, la Jueza demandada, emitió la providencia de 30 de septiembre de similar año, en la que señaló que por Secretaría previa revisión de los antecedentes cursantes en el cuaderno procesal, emítase el correspondiente certificado de ejecutoria y mandamiento de condena y procédase a la remisión de antecedentes al Juez de ejecución Penal (fs. 13).
II.5. Mediante escrito de 11 de octubre del citado año, el demandante de tutela, interpuso recurso de reposición contra la mencionada providencia de 30 de septiembre, en el cual solicitó se corrija procedimiento y se resuelva lo impetrado conforme a ley, aquello en virtud a su petición referida al librarse mandamiento de libertad definitiva (fs. 14 y vta.).