SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2025-S1
Fecha: 05-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:
II.1. Cursa Resolución Constitucional de 10 de octubre de 2024, emitida por los Vocales de la Sala Constitucional Segunda del departamento de Oruro, por la cual admiten la acción de libertad interpuesta por Ricardo Alejandro Rocha Brun por sí y en representación sin mandato del menor AA y Zunilda Jiménez Flores contra Erika Rocío Araoz Rioja, Jueza de Ejecución Penal Primera de la Capital del departamento de Oruro y señalan audiencia de consideración de la acción de libertad para la misma fecha a horas 18:30 (fs. 7 y vta.)
II.2. De la revisión del Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, se encuentra el expediente signado con el número 68955-2024-138-AL, correspondiente a la acción de libertad interpuesta por Ricardo Alejandro Rocha Brun por sí y en representación sin mandato del menor AA y Zunilda Jiménez Flores contra Erika Rocío Araoz Rioja, Jueza de Ejecución Penal Primera de la Capital del departamento de Oruro, interpuesta el 10 de octubre de 2024, citando en la documentación recepcionada por este Tribunal, la Resolución 184/2024 de 10 de octubre, emitida por la Sala Constitucional Segunda del departamento de Oruro, por la cual conceden la tutela.