SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0102/2025-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2025-S3

Fecha: 18-Mar-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso penal seguido contra el accionante, el 17 de agosto de 2022, fue aprehendido en la ciudad de Santa Cruz y trasladado a la ciudad de La Paz, habiendo solicitado sea remitido al Centro Médico a efecto de que se resguarde su derecho a la vida (fs.17 a 24).

II.2.  Por Certificado Médico Forense, de 18 de agosto de 2022, expedido por Yesica Bueno Dueñas, Médico del Instituto de Investigaciones Forenses, (IDIF) refiere que el accionante, se encontraba consciente con funciones cognitivas normales (atención, percepción y memoria), 2.- Sin signos de descompensación cardiaca, respiratoria ni neurológica; 3.- Con valores de presión arterial por encima del rango de la normalidad: por lo que, en la parte de sugerencias, observaciones y/o recomendaciones ordenó pronta valoración por médico especialista en medicina interna o cardiología para determinar el estado de salud actual del examinado (fs. 3 a 4).

II.3. De la copia simple del certificado médico emitido por Carlos Lino Cuellar, Médico Cirujano, de 23 de julio de 2022, se diagnostica que el peticionaste padece de hipertensión arterial no controlada, con Presión Arterial 170/100 mg (fs. 16).

II.4.  Cursan mensajes de texto WhatsApp presumiblemente enviados por los abogados del impetrante de tutela, dirigido a Tomás Choque Condori, Fiscal de Materia y funcionarios policiales para obtener requerimiento para la valoración médica del solicitante de tutela (fs. 8 a 15).

II.5.  Ingresado en el Hospital de Clínicas de la ciudad de La Paz, luego de su atención, mediante Receta Médica de 18 de agosto de 2022, emitida por Melitón Quispe Herrera, Médico internista, describe que el paciente con antecedente de presión arterial sistémica no controlada, recomienda seguir tratamiento con losarán 50 mg vía oral cada día (horas 09:00) y valoración con la especialidad de cardiología en consulta externa, sin signos de alarma (fs. 5).