SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2025-S4
Fecha: 21-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial presentado el 11 de agosto de 2022, ante el Juez de Ejecución Penal Primero del departamento de Potosí; Cristian Álvaro Armijo Ramos y Efraín Quispe Rodríguez –ahora accionantes– y otros, manifestando que por los hechos ocurridos el 8 de igual mes y año, en el interior del Centro Penitenciario “Santo Domingo” de Cantumarca de Potosí, y ser confundidos en dichos actos, fueron conducidos al aislamiento “C”, sin previa resolución de una sanción disciplinaria, y por existir daños físicos en sus contras por parte de los funcionarios policiales; solicitaron bajo el control jurisdiccional, el apersonamiento de la referida autoridad al aludido Centro y a la brevedad posible, por existir compañeros con daños físicos, y para dar solución inmediata (fs. 2 y vta.).
II.2. Mediante Resoluciones de Sanción Disciplinaria 042/2022, y 048/2022, ambos de 16 de agosto, el Director del Centro de Readaptación Productiva Femenino “Santo Domingo”, conforme al Informe de 9 de igual mes y año, sobre los hechos ocurridos el 8 del citado mes y año, por parte del grupo “La Mancha”, en el cual fueron participes los impetrantes de tutela, y otros, por encontrarse en aparente estados de ebriedad, y bajo efectos de alguna sustancias controladas, y protagonizando riñas y peleas con agresiones físicas, extorciones, con amenazas de muerte, causando temor y angustia a sus compañeros de pabellón; resolvió en sancionar y disponer a los solicitantes de tutela, y otros, con quince días calendario en el pabellón “C” del establecimiento del Régimen, esto por haber adecuado sus conductas y sanción en los arts. 129 núm. 7; y, 132 núm. 5 de la LEPS (fs. 22 a 23; y, 24 a 25).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Y, en el “POR TANTO: El Director del Centro de Readaptación Productiva “Santo Domingo” de Cantuamarca (…) RESUELVE: (…) PRIMERO.- Sancionar a los privados de libertad individualmente, (…) EFRAÍN QUISPE RODRÍGUEZ, (…) CRISTIAN ÁLVARO ARMIJO RAMOS (…),