SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2025-S4
Fecha: 24-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta acta de audiencia virtual de apelación incidental de medida cautelar de 25 de agosto de 2022, celebrada dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Felicidad Quiroz Claure en contra de Ana Luz Vargas Montaño y Carla Yolanda Ramírez Arce –hoy accionantes–, y, de Coraly Vargas Montaño, por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y estafa, en la que Pablo Antezana Vargas, Vocal de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba –ahora demandado–, por Auto de Vista de la misma fecha, dispuso declarar procedente en parte el recurso planteado por las impetrantes de tutela contra el Auto Interlocutorio de 11 del mes y año anotados, que determinó aplicarles la medida de detención preventiva; y, en consecuencia, sustraer de su situación jurídica el peligro de fuga inserto en el art. 234.7 del CPP, confirmando en lo restante el fallo recurrido (fs. 8 a 9; y, 9 a 12).