SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2025-S4
Fecha: 12-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Testimonio 266/2010 de 3 de septiembre, Escritura Pública de transferencia de un lote de terreno ubicado en el camino carretero La Paz Yungas sobre el río Minasa, que cuenta con una superficie de 300 m2, inscrito en DD.RR. con matrícula 2.01.0.99.0142156 suscrito por Hugo Santander Tórrez a favor de Cristina Gloria Estrada vda. de Moscoso -ahora accionante- (fs. 10 a 12 vta.).
II.2. Se tiene el Informe SAP-UAT 183/2012 de 27 de abril, emitido por Carolina del Pilar Pedraza, Técnico de la Unidad de Administración Territorial SAP - MD III, que responde a la solicitud de verificación de trazo pedida por Reynaldo Estrada Aspiazu en representación de la accionante, concluyendo de acuerdo al levantamiento topográfico que realizó la Sub Alcaldía Periférica, existe sobreposición de la planimetría vigente y dicho levantamiento, donde se puede evidenciar que el predio en análisis se encuentra invadiendo una superficie de 58.82 m2, identificándose al mismo tiempo franja de seguridad (fs. 100 a 101).
II.3. Cursa Testimonio 1382/2013 de 26 de agosto, Escritura Pública de una minuta de compra venta de un lote de terreno, debidamente reconocidas las firmas, que suscribe Paulowa Maria Estrada Iturri, representada por Reynaldo Ponciano Estrada Aspiazu en favor de Simón García Mamani e Hilda Callizaya Mamani -accionados- (fs. 47 a 49 vta.).
II.4. Se tiene Folio Real con matrícula 2.01.0.99.0140439 de 27 de agosto de 2013, del inmueble ubicado en la zona “Villa Fátima”, con una superficie de 254 m2, en el cual consta en el Asiento 2 de Titularidad sobre el Dominio, los ahora accionados, registrado con la Escritura Pública 1382/2013 (fs. 50 y vta.).
II.5. Por Certificado de Registro Catastral de la Secretaría Municipal de Planificación para el Desarrollo de la Dirección de Administración Territorial y Catastral del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, de 19 de septiembre de 2016, respecto al inmueble con Matrícula 2.01.0.99.0140439, registrado a nombre de los accionados, ubicado en Av. Las Américas 896, calle Covendo de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz (fs. 53).
II.6. Mediante Certificado de la Junta Vecinal zona “Natividad” de Villa Fátima Distrito 13, de 9 de diciembre de 2020, Marcelo Fernández Rada, Presidente de la referida Junta, certificó que los accionados, son vecinos de la zona por aproximadamente siete años, domiciliados en la Av. Las Américas 896, durante todo ese tiempo, los prenombrados demostraron buen comportamiento con los vecinos y la junta vecinal, asistiendo a las reuniones vecinales con bastante regularidad (fs. 55).
II.7. Consta Testimonio 281/2022 de 22 de marzo, de Protocolización de minuta de división y partición voluntaria unilateral de un lote de terreno ubicado en camino carretero La Paz Yungas, sobre el río Minasa con una superficie de 300 m2 adquirido mediante Escritura Pública 266/2010, suscrito por la impetrante de tutela, quien procedió a la división a su favor de 25.84 m2 (fs. 13 a 15).
II.8. Cursa Certificado Médico de 29 de julio de 2023, por el que Víctor Hugo Valda Pérez, Médico, certificó que la peticionante de tutela de setenta y cinco años de edad, tiene diagnóstico de “…artritis reumatoidea crónica deformante reag. Sup. (gastritis)” (sic [fs. 25]).
II.9. Se tiene Folio Real con Matrícula 2.01.0.99.0259213 de 2 de agosto de 2023, del inmueble ubicado en camino carretero La Paz - Yungas, sobre el río Minasa, con una superficie de 58.84 m2, en el cual consta en el Asiento 1 de Titularidad sobre el Dominio de la accionante, registrado con la Escritura Pública 281/2022 (fs. 16).
II.10. Mediante Certificado de la Junta Vecinal zona “Natividad” de Villa Fátima Distrito 13, de 17 de agosto de 2023, Marcelo Fernández Rada, Presidente de la referida Junta, certificó que la accionante es vecina de la zona por aproximadamente veinte años, domiciliada en la Av. Las Américas sin número, durante todo ese tiempo, la prenombrada demostró buen comportamiento con los vecinos y la junta vecinal, asistiendo a las reuniones vecinales con bastante regularidad (fs. 38).
II.11. Se tiene Acta Notarial 195/2023 de 23 de agosto, Carlos Marcelo Herrera Cardozo, Notario de Fe Pública 24 de La Paz, se constituyó en el domicilio ubicado en el camino carretero La Paz - Yungas, sobre el río Minasa, final Av. Las Américas, zona Villa Fátima, con una extensión superficial de 58.84 m2, registrado bajo la Matrícula 2.01.0.99.0259213, de propiedad de la impetrante de tutela, a objeto de verificar dicho inmueble, en el cual se presentó la accionada, quien de forma agresiva señaló ser la propietaria del inmueble; empero, no exhibió ningún documento de propiedad y alegó desconocer a la actual accionante, negando el ingreso a la misma; además, pudo verificar que se otorgó en calidad de alquiler dos tiendas del referido inmueble, quienes no se identificaron, las cuales también negaron el ingreso a la prenombrada, constando un muestrario fotográfico (fs. 20 a 24).