SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2025-S4
Fecha: 14-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. En el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Raúl Gallo Ordoñez -accionante-, por la presunta comisión de prevaricato, solicitó la cesación de su detención preventiva, que fue denegada por la subsistencia de los riesgos procesales de los arts. 234.2 y 235 numerales 1, 2, y 3, ambos del CPP, mediante Resolución de Auto Interlocutorio 367/2022 de 26 de mayo, dictado por el Juez Primero de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer del departamento de La Paz, contra el que planteó apelación incidental el imputado en la misma audiencia pública (fs. 9 a 12 vta.).
II.2. Resolviendo el recurso de alzada planteado por el ahora accionante, el Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -hoy accionado-, por Auto de Vista 460/2022 de 15 de julio, lo declaró procedente en parte y confirmó en parte el Auto Interlocutorio apelado, respecto al riesgo procesal del art. 235 numerales 1, 2 y 3, dando por desvirtuado el contendido en el art. 234.2 del Código adjetivo penal (fs. 13 a 17).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo. Ejemplif