Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2025-S4
Fecha: 14-Mar-2025
II. CONCLUSIÓN
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Según acta de audiencia de acción de libertad, al haberse otorgado la palabra a la parte accionante, se manifestó: que “…bajo la lealtad procesal que rige a todo su equipo de trabajo a horas 11:00 a.m., se les habría notificado con el señalamiento de audiencia de apelación incidental, para el día martes 23 de agosto a objeto de resolverse su apelación…” (sic [fs. 30 a vta.)].
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Bajo ese contexto, conforme la jurisprudencia contenida en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se estableció que, conocido el recurso de apelación incidental por el Tribunal de alzada, este tiene la obl