SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2025-S4
Fecha: 14-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta fotocopia simple de Registro Público de Abogado de José Ramito Uriarte Ortiz con Matrícula del Registro Público de la Abogacía (RPA): 4835116JRUO, emitido el 12 de agosto de 2021 (fs. 2).
II.2. Cursa Informe de 31 de julio de 2022, emitido por Juan Carlos Daza Zenteno, Investigador asignado al caso, dirigido a Rolando Espinoza Alarcón, Jefe de la División Económicos Financieros; por el cual, hace conocer que su persona fue puesto a dispersión del Comandante General de la Policía Boliviana, y con la finalidad de no perjudicar las investigaciones solicitó representar al Ministerio Publico reasignar a otro y continúen con las investigaciones, notifiquen a los testigos Luis Alberto Osinaga García, Enrique Vidal Poma y otros, notificaciones que son devueltas y reprograme el nuevo investigador (fs. 3).
II.3. Mediante copia de memorial enviado por ciudadanía digital el 10 de agosto de 2022; por el cual, se solicitó al Fiscal de Materia la reasignación de investigador al caso (fs. 4).
II.4. Por Decreto de 11 de agosto de 2022, emitido por Wilson Víctor Medrano Patti Fiscal de Materia -ahora accionado-; por el cual, requirió al Jefe de la División Corrupción Publica, proceda a la reasignación de investigador policial, autoridad que deberá informar respecto a las diligencias del caso (fs. 5).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En ese contexto, considerando que las autoridades judiciales o administrativas, están obligadas de aplicar los valores y principios constitucionales previstos en la Constitución Política del Estado, es pertinente reflexionar lo descrito en el Fundame