SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2025-S1
Fecha: 20-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de la documentación adjunta al expediente, se evidencia lo siguiente:
II.1. Cursa Nota de llamada de atención suscrita por Santos Angola, Presidente del Comité Disciplinario de la Asociación “15 de agosto” del Mercado Municipal de Cuatro Cañadas, dirigida a Adela de La Vía Castellón -ahora accionante-, por la que se le llama la atención por el incumplimiento de la normativa aprobada por el Sector de Carnicería y Lácteos el 23, 26, 27, 28 y 29 de septiembre de “2020”, hechos observados a través de las cámaras de seguridad, advirtiendo que en el caso de reincidir se emitiría memorándum (fs. 21).
II.2. Consta Memorándum N° 1 de 13 de abril de 2018, de llamada de atención a Adela de La Vía Castellón, hoy accionante, por incumplimiento al Reglamento y Estatuto Orgánico de la Asociación Gremial de Comerciantes “15 de agosto” del Mercado Municipal Cuatro Cañadas, habiendo en una primera oportunidad realizado un llamado a la reflexión, toda vez que en la reunión de la misma fecha se tomó la decisión con cada socio de atender dentro de su puesto (fs. 22).
II.3. Cursa nota de 25 de junio de 2021, dirigida a Vicente Veizaga Montenegro, Presidente de la Asociación “15 de agosto”, suscrita por Adela de La Vía Castellón -hoy accionante- y Efraín Prado de La Vía, a través de la cual la nombrada autorizó el cambio de nombre del puesto de venta 31 del sector de carnicería a nombre de la persona mencionada, quien se hace responsable de darle funcionalidad, cumplir con las obligaciones dentro de dicha Asociación establecidas en el Reglamento Interno del Sector y el Estatuto Orgánico (fs. 15).
II.4. Mediante Memorándum 1 de 11 de octubre de 2021, la Asociación Gremial de Comerciantes “15 de agosto” del Mercado Municipal Cuatro Cañadas, llamo la atención a Efraín Prado de La Vía, por el incumplimiento y desobediencia a la normativa de su Asociación, por atentar contra la integridad física de los miembros del directorio y asociados (fs. 30).
II.5. Por Memorándum 2 de 6 de octubre de 2022, la Asociación Gremial de comerciantes “15 de Agosto” del Mercado Municipal Cuatro Cañadas del departamento de Santa Cruz, hizo conocer a Efraín Prado de La Vía, que se vieron en la necesidad de enviarle el mismo por incumplimiento, desobediencia e indisciplina a normas establecidas en Reglamento Interno y aprobaciones de normas establecidas en la Asamblea General, al tener conocimiento que el 27 de septiembre de igual año, fue denunciado por sus vecinos sobre incumplimiento a una primera llamada de atención de 22 de junio de ese año, habiendo incurrido en la falta prevista en el art. 17 inc. d) de su Reglamento, sobre malos tratos o agresión verbal entre asociados y directivos. En ese sentido, se le advirtió que en caso de reincidencia el Directorio se verá obligado en remitir el caso al Comité Disciplinario, quienes se encargaran de hacer conocer a la base en general para que los socios puedan determinar la reversión del puesto y extinción de su persona dentro de su Asociación, tal como indica el Estatuto Orgánico; imponiéndole una multa de Bs500.- (quinientos 00/100 bolivianos [fs. 1]).
II.6. Por memorial presentado el 10 de octubre de 2022, Efraín Prado de La Vía, se apersonó ante la Presidencia y Directorio de la Asociación “15 de agosto” del Mercado Municipal de Cuatro Cañadas, solicitando que por la sección correspondiente puedan intervenir para que paren los abusos extorsivos de algunos dirigentes, anunciando que en el caso de ser necesario iniciara las acciones policiales y legales que amerite el caso para defender su derecho de posesión sobre el puesto y su derecho al trabajo (fs. 2 y vta.).
II.7. El 24 de octubre de 2022, la Asociación “15 de agosto” del Mercado Municipal de Cuatro Cañadas, hizo llegar a Carminia Grimaldis Pantoja, Presidente del Comité Disciplinario de dicha Asociación, documentos del caso de Efraín Prado de La Vía para que se emita una Resolución y tomen cartas sobre el asunto (fs. 32 y 33).
II.8. Mediante nota de 17 de noviembre de 2022, el Comité Disciplinario y Directorio en pleno de la Asociación “15 de agosto” del Mercado Municipal de Cuatro Cañadas, dirigida a Efraín Prado de La Vía, respondió su solicitud de anulación del Memorándum 2, señalando que el 15 de ese mes y año se llevó a cabo la reunión general de esa Asociación en la que se aprobó la anulación de ese memorándum (fs. 3).
II.9. Cursa Acta de Compromiso de 17 de noviembre de 2022, en la cual Efraín Prado de La Vía, socio del puesto 31 del sector de carnicería, luego de estar presente en la reunión general de la Asociación, donde a petición de algunos socios se le otorgó una última oportunidad, comprometiéndose ante todos y quedando estipulado en el libro de actas, a: i) Cumplir con la petición de la mayoría de los socios en el sentido de que dentro de su puesto venda sus productos de manera personal, quedando prohibido que lo hagan su madre, hermana y tías; y, ii) No volver a cometer actos de indisciplina y desobediencia, y evitar agresiones de cualquier índole dentro de su puesto de venta y al interior de ese Mercado (fs. 4).