SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2025-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2025-S2

Fecha: 25-Mar-2025

II. CONCLUSIÓN

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  A través de acta de 7 de septiembre de 2022, se señala que se interceptó una movilidad con cuatro ocupantes: Desiderio “Ajarachi” Choque, John Copa Choque, Iván Mamani Robles y Crisologo Montan Vásquez que mencionaron estar entrando a la mina Amandita, ubicada en la comunidad Chicuela, con autorización del “Ingeniero Soria”; sin embargo, mediante las indagaciones realizadas se descubrieron varias versiones falsas. Como resultado, y tras llegar a una mediación, se determinó y ordenó que los prenombrados no vuelvan a presentarse en la Comunidad, asumiendo el compromiso correspondiente. En caso de incumplir lo acordado, nadie se hará responsable de lo que pueda suceder. Se constatan las firmas de los interceptados y de Ángel Gutiérrez, Secretario General de la comunidad Chicuela (fs. 25 y vta.).