SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2025-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2025-S2

Fecha: 25-Mar-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa formulario de denuncia de 17 de junio de 2022, realizada por la Defensoría de la Niñez del GAM de Buena Vista del departamento de Santa Cruz, en representación de la víctima -menor de edad- contra Pablo Rigoberto Tuero Vaca -hoy accionante-, por la presunta comisión del delito de corrupción de niña, niño o adolescente, así como varios antecedentes inherentes a dicha denuncia suscitados a partir de la referida fecha, dentro la citada investigación signada con Código Único de Denuncia (CUD) 704302282200624, que incluyen informes psicológicos, sociales y declaraciones, entre otros (fs. 2; y, 6 a 29).

II.2.  Por memorial presentado el 22 de junio de 2022, Jhiamir Funes García, Fiscal de Materia informó a Simón Alarcón Vásquez, Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Buena Vista del departamento de Santa Cruz -ahora accionado-, el inicio de investigaciones dentro del caso CUD 704302282200624, a objeto del control jurisdiccional; informe que mereció decreto de 23 del citado mes y año, por el cual el Juez accionado,  tuvo presente el inicio de investigaciones para el control jurisdiccional, disponiendo varias actuaciones (fs. 4 y 59).

II.3.  Cursa Resolución Fiscal de Aprehensión de 6 de julio de 2022, por la cual Daniel Eduardo Banegas Gómez, Fiscal de Materia -hoy coaccionado-, dispuso la aprehensión del impetrante de tutela, a objeto de que preste declaración informativa en calidad de denunciado, dentro de la investigación de referencia (fs. 30 a 31).

II.4.  Cursa imputación formal presentada el 31 de agosto de 2022, por el Fiscal de Materia coaccionado, a denuncia de Delia Pérez Claros responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del GAM de Buena Vista del departamento de Santa Cruz, contra el ahora peticionante de tutela por la presunta comisión del delito de corrupción de niña, niño o adolescente prevista en el art. 318 del Código Penal (CP [fs. 64 a 71]); a tal efecto por proveído de la misma fecha, el Juez accionado tuvo por presentada la imputación y señaló audiencia de consideración de medidas cautelares para el 1 de septiembre de dicho año, a horas 9:00 (fs. 72).