SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2025-S2
Fecha: 25-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa memorial presentado el 4 de noviembre de 2021, por Wilfredo Nina Arispe, Fiscal de Materia, en el cual informa el inicio de la investigación contra Marcelo Torrelio Rodríguez -ahora accionante- por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, previsto y sancionado por el art. 272 bis del Código Penal (CP), a denuncia de Gina Alison Rosales Bascopé, al cual Andrés Franz Zabaleta Callisaya, Juez de Instrucción, Anticorrupción y de Materia contra la Violencia hacia la Mujer Segundo de la Capital del departamento de La Paz -ahora accionado- por proveído de 5 del mismo mes y año, señaló se tiene presente la comunicación fiscal para efectos del cumplimiento de los plazos procesales (fs. 3 y vta.).
II.2. Por memorial presentado el 19 de noviembre de 2021, el Fiscal de Materia asignado al caso presentó Resolución de Imputación Formal 02/21 de 18 de ese mes y año contra el ahora impetrante de tutela por la presunta comisión del delito referido precedentemente, solicitando al Juez de la causa hoy accionado la imposición de medidas cautelares personales -sustitutivas- a la detención preventiva previstas en el art. 231 bis.I numerales 2, 3, 4, 5 y 6 del CPP; en tal sentido, el Juez accionado mediante proveído de 22 de igual mes y año, dispuso se tenga presente el actuado fiscal y se registre en el libro de control correspondiente, disponiendo además la notificación personal del imputado; actuación judicial notificada al accionante el 6 de enero de 2022 (fs. 4 a 8).
II.3. Consta memorial presentado el 2 de septiembre de 2022, por el accionante mediante el cual señaló que la etapa preparatoria estaría ampliamente vencida, por cuanto solicitó al Juez accionado “control jurisdiccional” y se conmine al Fiscal de Materia para que emita la resolución conclusiva que corresponda (fs. 9 y vta.).