SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2025-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2025-S4

Fecha: 26-Mar-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Cursa la Resolución Final de Proceso Disciplinario 01/2022 de 17 de noviembre, mediante la cual el tribunal sumariante declaro responsable de varias faltas disciplinarias a Raúl Ríos Torrez ahora impetrante de tutela, disponiendo su desvinculación laboral (fs. 153 a 158).

II.2.  Consta memorial de 24 de noviembre de 2022, de interposición de recurso de impugnación contra la resolución final de proceso administrativo 01/2022 de 17 de noviembre (fs. 162 a 168).

II.3.  Cursa decreto de 28 de noviembre de 2022, mediante el cual el Tribunal Disciplinario de COSERMO R.L., dispuso que el accionante aclare su petitorio conforme a ley, teniendo un plazo de setenta y dos horas hábiles (fs. 170).

II.4.  Consta memorial de 30 de noviembre de 2022, presentado por el ahora impetrante de tutela, absolviendo al traslado dispuesto por el tribunal sumariante mediante decreto de 28 del mismo mes y año sobre la aclaración de su petitorio (fs. 171 y vta.).

II.5.  Cursa memorial dirigido al Consejo de administración de COSERMO R.L., presentado por el solicitante de tutela mediante el cual interpone un recurso revocatorio administrativo, contra la Resolución final emitida por el Tribunal sumariante (fs. 172 a 175 vta.).

II.6.  Consta decreto del Presidente del consejo de administración devolviendo obrados y solicitando informe en el que conste si el accionante hizo o no uso de los recursos que franquea el reglamento interno vigente (fs.184).

II.7. Consta Auto 01/2022 de 8 de diciembre, mediante el cual el Tribunal Disciplinario de COSERMO R.L. denegó la solicitud de nulidad de obrados, exhortando al accionante a ceñir su actuar a procedimiento otorgándole cinco días para que pueda recurrir en apelación (fs. 188 a 189).

II.8. Cursa informe del secretario de actas del Tribunal Disciplinario de COSERMO R.L. en el que señala que el ahora impetrante de tutela no hizo uso del recurso de APELACION, al invocar recursos inexistentes en la normativa interna, generando el Auto 1/2022 de 8 de diciembre, bajo advertencia de tener cinco días para hacer uso de su recurso de apelación que tampoco hizo uso (fs. 441).

II.9.  Cursa Auto de 23 de diciembre de 2022, declarando la ejecutoria con todos sus efectos legales de la Resolución final del proceso disciplinario de 17 de noviembre del mismo año (fs. 190).