SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2025-S3
Fecha: 31-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra José Ernesto Hinojosa Ferrel y Raúl Charupa Ares, por la presunta comisión del delito tráfico de sustancias controladas y otros, el 15 de septiembre de 2022, mediante memoriales dirigidos a la Jueza de Instrucción Penal Decimosegundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, solicitaron audiencia de cesación a la detención preventiva, conforme a lo previsto en el art. 239 inc. 1) y 2) del CPP (fs. 4 a 7).
II.2. El 19 de septiembre de 2022, el Fiscal de Materia presentó ante la Jueza de Instrucción Penal Decimosegundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, el requerimiento conclusivo de acusación formal, adjuntando pruebas de cargo; por lo que, mediante decreto de 20 del citado mes y año, señaló que se tengan por ofrecidas sus pruebas y que en aplicación del art. 393 ter inc. 4), se notifique con la acusación fiscal a los acusados antes mencionados para que en el término de cinco días presenten sus pruebas de descargo (fs. 8 a 11 vta; y 16).