Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2025-S1
Fecha: 25-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
No cursa en obrados documentación que respalde de manera directa las actuaciones que motivaron la interposición de la presente acción de libertad; empero, la problemática jurídica planteada será resuelta con base en las aseveraciones coincidentes y no controvertidas por los sujetos procesales, el Acta de audiencia correspondiente a la presente acción de libertad de 28 de septiembre de 2022 (fs. 11 a 12), así como la Resolución dictada en igual fecha por la Jueza de garantías.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Por tanto, se concluye que condicionar la salida de un paciente dado de alta médica al pago previo de una deuda hospitalaria constituye una vulneración al derecho a la libertad física y de locomoción, ya que desconoce el principio de que las obligaci