SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2025-S3
Fecha: 01-Abr-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Minuta de Transferencia de Lote de Terreno Urbano en Acciones y Derechos de 23 de agosto de 2018, a través de la cual Victoria Conde Lima -hoy accionante- adquirió un lote de terreno de 268.05 m2 en la Zona de la Viña, Cantón Sacaba, provincia Chapare del departamento de Cochabamba, signado con el Manzano G, lote 4, documento reconocido en sus firmas y rúbricas (fs. 5 a 6).
II.2. Se tiene Recibo de Ingreso por la suma de Bs10 000.- de 9 de febrero de 2020, cancelados por Victoria Conde Lima -accionante- por concepto de “Anticipo de deuda Comité de Agua del 70% acordado en reunión” (sic). Asimismo, Comprobantes de pago de “febrero-marzo” y “junio julio” de 2022, por consumo de agua, cancelados al Comité del Agua Potable “Viña Central” (fs. 7).
II.3. Mediante Informe de Seguimiento de 5 de enero de 2023, la Trabajadora Social del Servicio Plurinacional de Asistencia a la Víctima (SEPDAVI), informó que, revisando fuera del domicilio de la hoy accionante, se logró evidenciar que no cuenta con el medidor de agua; por lo que, no existe modo de que el servicio ingrese a la vivienda. Que entrevistada Rosalía Salcedo Alavi, manifestó que la hoy accionante es deudora de un monto de Bs37 000.- por la falsificación de recibos y por tal razón se le retiró el medidor de agua, actos que según señaló se ven reflejados en un acta que declara que si existiera algún incumplimiento o irregularidad por efecto se le retira el suministro de agua, adjuntando fotografías (fs. 3 a 4).
II.4. Del Informe Social CITE:SEPDAVI/CDCBBA/TS/IS/CBBA/ 02/2023 de 5 de enero, se extrae que en la vivienda de Victoria Conde Lima, habitan sus dos hijas con sus esposos y tres nietos menores de edad de 3 y 2 años de edad y el menor de 4 meses de edad (fs. 8 a 9 vta.)
II.5. A través de Acta Notarial 35/2023 de 6 de febrero, el Notario de Fe Pública 5 de Cochabamba, se constituyó en el domicilio de la accionante, evidenciando que el medidor de agua se encuentra fuera de éste, el cual no se encontraba en su lugar “desconectado”; motivo por el cual, ingresando a la vivienda “…no salía agua por la desconexión…” (sic) adjuntando muestra fotográfica (fs. 32 a 33).
II.6. Del Acta de Asamblea Ordinaria Comité de Agua Potable Viña Central de 9 de octubre de 2022, se extrae como parte del orden del día el punto 5, el “Caso deuda de la Sra. Victoria Conde” (sic), al respecto se pronunciaron las “bases” Rosalía Salcedo, Hilaria Alba -demandadas- y otros afiliados, y ante la pregunta respecto a la sanción a aplicar, por voto mayoritario “…las bases desiden cortar el medidor de Agua ordenando al presidente que se realice juntamente con toda las bases presentes el retiro de su medidor…” (sic [fs. 44 a 47 vta.]).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ‘El derecho de acceso al agua, alcantarillado y electricidad es uno de los derechos humanos inherentes a toda persona por el solo hecho de existir, reconocido por el art. 20. I y II de la CPE; por tanto, de rango constitucional, al estar previsto en