SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2025-S3
Fecha: 10-Abr-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso laboral seguido contra la accionante, por cobro de beneficios sociales, el 29 de agosto de 2022, Luciana Desiré Vaca Juárez en mérito al Testimonio de Sustitución de Poder 1302/2022 de 4 de octubre, se apersonó al proceso, como única representante de la Empresa Consultora Proyectos -Supervisión de Ingeniería Sociedad Anónima CPS de Ingeniería SAC Sucursal Bolivia, apersonamiento que mereció respuesta por la autoridad demandada teniéndola por apersonada, mediante providencia de 16 de septiembre de igual año (fs. 12 y 13).
II.2. El 23 de septiembre de 2022, Luis Fernando Navarro Gonzales -demandante del proceso laboral-, solicitó en ejecución de sentencia, se libre mandamiento de apremio contra Zenobia Loayza Hilario de Quispe ahora accionante (fs. 14).
II.3. Mediante Auto Interlocutorio de 27 de mismo mes y año, la autoridad ahora demandada dispuso se libre mandamiento de apremio contra Zenobia Loayza Hilario de Quispe, representante legal de la Empresa CPS de Ingeniería SAC Sucursal Bolivia, ahora accionante, hasta que se cancele la suma de Bs245 181,62.- (doscientos cuarenta y cinco mil ciento ochenta y uno 62/100 bolivianos) a favor de Luis Navarro Gonzales, por concepto de beneficios sociales (fs. 15).
II.4. Cursa Papeleta de citación y notificación de 4 de octubre de 2022, poniendo en conocimiento el Auto Interlocutorio de 27 de septiembre de igual año, a Carlos Alberto Mostajo Sotelo representante de CPS de Ingeniería SAC Sucursal Bolivia y a Luis Fernando Navarro Gonzales (fs.16).
II.5. Mediante acta de audiencia de consideración de acción tutelar de 5 de octubre de 2022, el accionante por intermedio de su abogado informó a la Jueza de garantías que el mismo día de la celebración de la referida audiencia, presentó un memorial haciendo conocer el reclamo correspondiente, que se denuncia en esta acción de defensa (fs. 25 a 27).