SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2025-S1
Fecha: 03-Abr-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de la documentación adjunta al expediente, se evidencia lo siguiente:
II.1. Cursa Memorándum de Designación CTS 3/2022 de 3 de agosto, mediante el cual Héctor Ramiro Montes Bernal, Presidente del Club “The Strongest”, designó a Teddy Raúl Salgueiro Aruquipa, hoy accionante, en el cargo de Responsable de Cobranza de Escuelas Infanto Juvenil, con una remuneración de Bs6 000. -(seis mil 00/100 bolivianos [fs. 4]).
II.2. El 19 de diciembre de 2022, el hoy demandante de tutela, solicitó al Presidente del Club “The Strongest”, el pago de salarios devengados; ya que, desde el mes de octubre de ese año hasta esa fecha, se incumplió con el pago de sus salarios, adeudándole la suma de Bs18 000. -(dieciocho mil 00/100 bolivianos [fs. 5]).
II.3. A través del CITE 570/2022 de 21 de diciembre, Pablo Ignacio Acha Lemaitre, representante de TELECEL S.A. TIGO, informa a Gastón Uribe, Director General Ejecutivo de la FBF, que tienen a bien confirmar que el pago de la décima cuota correspondiente al contrato de cesión de derechos suscrito entre TIGO y la FBF será realizado el 4 de enero de 2023 (fs. 28).
II.4. El 23 de diciembre de 2022, el Presidente del Club “The Strongest” dio respuesta a la nota de 19 de ese mes y año, enviada por el hoy accionante, señalando que ese Club es consciente que se le adeuda una suma de dinero por concepto de salarios devengados, sin embargo, informan que esa institución se encuentra imposibilitada de cumplir con el pago de los mismos, toda vez que no se encuentran con la liquidez para cumplir con dicho pago, toda vez que la empresa TELECEL S.A. TIGO no realizó el desembolso a la FBF y ésta a ese Club por concepto de pago de la décima cuota por la venta de los derechos de televisación de la División Profesional de Futbol Boliviano, misma que conforme a contrato de venta de derechos de televisación debía hacerse efectiva hasta el 10 de dicho mes y año (fs. 26).
II.5. Por nota de 23 de diciembre de 2022, el Presidente del Club “The Strongest”, dirigida a Ángel Fernando Costa Sarmiento, Presidente de la FBF, solicitó el desembolso de derechos de televisión, debido al incumplimiento por parte de la Empresa TELECEL S.A. TIGO, en razón a que las deudas laborales, administrativas y deportivas tienen que ser honradas y no las están cumpliendo (fs. 25).
II.6. El Presidente de la FBF, por CITE FBF/3490/2022 de 27 de diciembre, comunicó al Presidente del Club “The Strongest” que la empresa TELECEL S.A. TIGO por CITE 570/2022 informó que el pago correspondiente a la décima cuota por venta de los derechos de televisación se haría efectiva el 4 de enero de 2023, aplicándose al efecto el interés del 6% anual, calculado por los días de demora, conforme lo prevén el contrato suscrito entre la FBF y esa empresa; en ese sentido, se ven imposibilitados de efectuar el desembolso en tanto y en cuanto la misma cumpla con sus obligaciones (fs. 29 a 30).