SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0255/2025-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0255/2025-S1

Fecha: 03-Abr-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por Resolución 27/2022 de 27 de enero, emitida por el Juez de Sentencia Penal Sexto de El Alto del departamento de La Paz, desestimó la querella y la acusación particular planteada por Karol Clarett Terceros Chumacero -ahora accionante- contra José María Condori Cantuta -ahora tercero interesado- por la presunta comisión del delito de abuso de confianza (fs. 24 a 25 vta.).

II.2.    Mediante memorial presentado el 14 de febrero de 2022, ante el Juez de Sentencia Penal Sexto de El Alto del departamento de La Paz, la accionante formuló recurso de apelación incidental contra la Resolución 27/2022 (fs. 27 a 28 vta.), dicho escrito mereció el Auto de 15 de febrero de igual año, a través del cual señaló audiencia virtual del referido recurso de apelación para el 12 de abril del mismo año (fs. 30).

II.3.    Cursa Acta de audiencia virtual de fundamentación del recurso de apelación incidental de 12 de abril de 2022 (fs. 32); Rosmery Lourdes Pabón Chávez, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del de La Paz, en suplencia legal y Henry Sánchez Camacho, Vocal de la Sala Penal Tercero del citado Tribunal Departamental -hoy accionado-, emitieron el Auto de Vista 118/2022, declarando la perención del derecho a fundamentar y consiguiente inadmisibilidad del recurso de apelación incidental de la accionante; en consecuencia, confirmaron la Resolución 27/2022 (fs. 33 a 34 vta.), con esa determinación la accionante fue notificada el 12 de abril de igual año, a las 17:00 horas, en Secretaria de la referida Sal Penal (fs. 35).

II.4.    Por memorial presentado el 13 de abril de 2022, ante los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, la accionante señalo que día antes -12 de abril de 2022- esperó a ser conectada a la audiencia virtual del recurso de apelación incidental contra la Resolución 27/2022, pero, no fue posible su conexión; por lo que,  solicitó se tenga por admitido dicho recurso de apelación y se declare procedente disponiendo que la causa penal debe proseguir en el Juzgado de Sentencia Penal Sexto de El Alto del referido departamento (fs. 10).