SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2025-S4
Fecha: 15-Abr-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 534/2022 de 17 de octubre, cursante de fs. 19 a 21, pronunciada por el Juez de Instrucción Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER en todo la tutela impetrada, recomendando al Juez y Secretaria, ambos del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero de El Alto del departamento de La Paz, que en otras situaciones similares procedan con la celeridad que el caso amerita; y en caso de volver a incurrir en las dilaciones y malos tratos al mundo litigante, se dispondrá la remisión a la Unidad Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, a sola denuncia de la parte accionante o de su abogada.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
René Yván Espada Navía MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADO MAGISTRADA
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. En ningún caso las secretarias y los secretarios pueden realizar tareas propias de la función jurisdiccional. La delegación de funciones jurisdiccionales en estos funcionarios hará inválidas las actuaciones realizadas y hará responsable directam
- POR TANTO