SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2025-S1
Fecha: 25-Abr-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 20/22-AL de 10 de noviembre de 2022, cursante de fs. 28 a 30 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada respecto a los derechos a la libertad y al debido proceso en la modalidad de acción de libertad traslativa o de pronto despacho, conforme con los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional y en los mismos términos dispuestos por la Sala Constitucional; disponiendo:
CORRESPONDE A LA SCP 0352/2025-S1 (viene de la pág. 11).
a) Que el Juez de Instrucción Penal y Anticorrupción Tercero de la Capital del departamento de Santa Cruz, en el día responda a los memoriales presentados el 8 y 9 de noviembre de 2022 por la accionante, debiendo dar por finalizada la declaratoria en rebeldía y dejando sin efecto los mandamientos de aprehensión y arraigo; no obstante, lo ordenado ya podría haberse efectuado debido al transcurso del tiempo, como consecuencia de lo dispuesto por la Sala Constitucional.
2º DENEGAR la tutela solicitada, respecto a los derechos a la defensa, a ser oída y a un recurso efectivo; así como a la solicitud de remisión de antecedentes al Ministerio Público, conforme con los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dra. Amalia Laura Villca
MAGISTRADA
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA