SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2025-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2025-S1

Fecha: 30-Abr-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Consta Certificado de la CNS, de Atención Prenatal de 25 de marzo de 2022, refiere que Patricia Herminia Chura Mamani, fue habilitada para el subsidio prenatal desde la referida fecha, (sexto mes de embarazo [fs. 78]).

II.2. Cursa Informe GAMEA/DTH/UAL/MHC/056/2022 de 1 de abril, dirigido a Percy Apaza Huañapaco, Director de la Dirección de Talento Humano del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto -ahora coaccionado- por Melania Huanca Chambi, Asesora Legal de la Unidad de Asesoría Legal de la referida entidad municipal, que en respuesta a la nota presentada por Javier Mamani Quinta -hoy accionante-, señaló que de acuerdo al Certificado de atención Prenatal, emitido por la CNS, dio cumplimiento a lo observado mediante Informe GAMEA/DTH/UAL/MHC/040/2022 de 8 de marzo, aclarando que los servidores públicos de libre nombramiento no gozan de inamovilidad laboral debiendo ponerse en conocimiento por la Dirección de Talento Humano y posterior archivo (fs. 5 a 7).

II.3.  Por Nota con Cite: GAMEA/SMAF/DC/JMQ/20/2022 de 20 de abril, el accionante solicitó al Director de Talento Humano hoy accionado, el pago de Subsidio Prenatal y que se deje sin efecto el Informe GAMEA/DTH/UAL/MHC/056/2022 de 1 de abril, que señaló que los servidores públicos de libre nombramiento no gozan de inamovilidad, conforme a la Ley General del Trabajo -Ley 321 de 18 de diciembre de 2012-; y haciendo alusión a la SCP 1424/2015-S2 de 23 de diciembre, refirió que se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y de los progenitores hasta que la hija o hijo cumpla un año de edad; reconociéndose sin discriminación a todas las personas, incluyendo servidores públicos de libre nombramiento el derecho de permanecer en el cargo que desempeñan (fs. 8 a 9).

II.4. Consta Informe GAMEA/DTH/UAL/MHC/092/2022 de 31 de mayo, dirigido al Director de Talento Humano ahora coaccionado, emitido por la Asesora Legal de la Unidad de Asesoría Legal del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, en el que se indicó que los funcionarios de libre nombramiento son reclutados sin procesos previos y de manera directa por invitación personal de la MAE, aclarando que la inamovilidad por razón de embarazo no refiere en el sentido literal de la palabra cual sería no mover al servidor público del cargo que ocupa, sino más bien como una forma de estabilidad laboral en la que sí se los podrá mover, con la finalidad de precautelar el bienestar del menor recién nacido, siendo en ese sentido que se modificó conforme el art. 31 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA) -Ley 2341 de 23 de abril de 2002-. El Informe GAMEA/DTH/UAL/MHC/056/2022, solamente con relación a la inamovilidad de la que hace conocer el funcionario; asimismo indicó que habiendo sido subsanadas las observaciones que se plasmaron mediante Informe GAMEA/DTH/UAL/MHC/040/2022, posteriormente se emitió el Informe GAMEA/DTH/UAL/MHC/056/2022, en el que se refiere que se dio cumplimiento a las observaciones, correspondiendo remitir a la Unidad de Planillas y Control para que los mismos puedan efectivizar las asignaciones familiares conforme a derecho; señalando igualmente que el funcionario Javier Mamani Quinta -accionante-, deberá apersonarse para dar cumplimiento a los requisitos establecidos para poder acceder al subsidio prenatal, indicándose también que a efecto de que ese funcionario tenga conocimiento de ese Informe por la Dirección de Talento Humano, se procederá a su notificación (fs. 10 a 14).

II.5. Cursa Formulario Form. AVC-06 de Aviso de Alta y Bajas de Beneficiarios 2466 de 6 de julio de 2022 de la CNS, encontrándose como asegurado el accionante y se consigna en “ALTAS” a la menor de edad nacida el 16 de junio de 2022, autorizándose el subsidio “PAGO DE NATALIDAD POR ÚNICA VEZ Y LACTANCIA EN ESPECIE HASTA 16/06/2023” (sic [fs. 79]).

II.6. Por Memorando DTH/B/321/2022 de 22 de julio de Agradecimiento de Funciones, el Director de la Dirección de Talento Humano ahora coaccionado agradeció por los servicios prestados del accionante en el cargo que desempeñaba como Director A de la Dirección de Contrataciones, dependiente de la Secretaria Municipal de Administración y Finanzas del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto (fs. 17).