SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2025-S2
Fecha: 03-Abr-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Edwin Wilfredo Carlo Quenta -hoy accionante-, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, mediante memorial presentado el 7 de septiembre de 2022, ante la Jueza de Sentencia Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, el nombrado solicitó se señale día y hora de audiencia de consideración de cesación a su detención preventiva con base en el art. 239.1 y 2 del CPP (fs. 6).
II.2. Consta acta de audiencia de cesación de la detención preventiva de 13 de septiembre de 2022, en la que se emitió el Auto Interlocutorio 148/2022, por el cual, la Jueza de Sentencia Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, dispuso rechazar la cesación de dicha medida del impetrante de tutela; determinación contra la cual, en ese acto procesal, de forma oral el precitado, conforme prevé el art. 251 del CPP, formuló recurso de apelación incidental (fs. 9 a 16).
II.3. Por Nota Cite Of. 616/2022 de 20 de “agosto” -lo correcto es septiembre-, la señalada Jueza de Sentencia Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, remitió el legajo de apelación contra el citado Auto Interlocutorio en fotocopias legalizadas; con constancia de sello de recibido el 20 de septiembre de 2022 a horas 11:42 por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia del citado departamento (fs. 17 y vta.).