SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0217/2025-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0217/2025-s2

Fecha: 07-Abr-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de antecedentes, que cursan en el expediente se establece lo siguiente:

II.1.  Por Auto Interlocutorio 40/22 de 6 de junio de 2022, emitido por la Jueza de Instrucción Penal Decimocuarta de la Capital del departamento de Santa Cruz, se determinó -entre otras medidas- la aplicación de la medida extrema de detención preventiva contra de Ruddy Abad Noya Flores -ahora accionante- por el tiempo solicitado por el Ministerio Público, al concurrir los requisitos previstos en el art. 233 del CPP y estar vigentes los riesgos procesales de fuga y obstaculización, respecto al delito de robo agravado. Asimismo, en la misma audiencia el impetrante de tutela apeló dicho Auto (fs. 48 a 50 vta.).

II.2.  Cursa acta de audiencia de 17 de agosto de 2022, en la que se resolvió la apelación formulada por el impetrante de tutela respecto al referido Auto (fs. 61 a 69).

II.3.  Mediante Auto de Vista 354 de 17 de agosto de 2022, Gladys Alba Franco, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -ahora accionada-, declaró admisible e improcedente el recurso de apelación incidental interpuesto por el peticionante de tutela y confirmó el Auto Interlocutorio 40/22 (fs. 69 a 77).