SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2025-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2025-S4

Fecha: 02-Abr-2025

II. CONCLUSIONES

Realizada la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se llega a las siguientes conclusiones:

II.1.    Cursa Auto Interlocutorio 159/2022 de 9 de julio, emitida por el Tribunal de Sentencia Penal Sexto del departamento de La Paz, disponiendo la detención preventiva de Julio Conde Mendoza en el Recinto Penitenciario San Pedro; señalando que:

“Con relación a los costes respecto a los derechos del acusado, si bien existe una restricción de su derecho a la libertad física; sin embargo, esta no es definitiva, porque la misma puede ser analizada posteriormente; toda vez que, puede solicitar la cesación de la detención preventiva; más aún, cuando al tratarse de un adulto mayor existen criterios específicos y reforzados para la aplicación de la misma.

Conforme a ello, es evidente que, en el caso concreto, las desventajas o costes de los derechos del acusado son menores comparados con la satisfacción de los derechos de la adolescente, que, como víctima de violencia sexual, deben recibir la atención inmediata, preferente y prioritaria por parte del Estado y sus diferentes instituciones” (sic [fs. 3 a 6 vta.])

II.2.    A través de Auto de Vista 547/2022 de 8 de agosto, la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió el recurso de apelación presentado por Julio Conde Mendoza contra el Auto Interlocutorio 159/2022; disponiendo en consecuencia que, la medida cautelar impuesta debía cumplirse por el lapso de cinco meses (fs. 7 a 9).