Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2025-S2
Fecha: 07-Abr-2025
II. CONCLUSIÓN
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. No consta documentación alguna y/o elemento probatorio que haya sido remitido a este Tribunal para su consideración, por lo que, la presente causa será resuelta en función a lo expuesto por los sujetos procesales y lo resuelto por el Tribunal de garantías.