SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2025-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2025-S3

Fecha: 10-Abr-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  En el proceso penal seguido en contra de Juan Carlos Osio Vidal - accionante-, a denuncia de la Empresa Pública Nacional Boliviana de Aviación (BOA), por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y conducta antieconómica, el Juez de Instrucción, Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero del departamento de Cochabamba, en audiencia de 10 de agosto de 2022, lo declaró rebelde, decisión contra la cual interpuso una acción de libertad, en la que se le concedió la tutela, ordenándose se deje sin efecto su declaratoria en rebeldía, y se  tome en cuenta que existe facultad y posibilidad de señalar una audiencia de manera virtual, preservando, las observaciones que se tienen plasmados en los certificados médicos (fs. 23 vta. a 25).

II.2.  Mediante SCP 0025/2025-S3 de 27 de febrero, se confirmó la Sentencia pronunciada por el Juez de garantías, que concedió la tutela al evidenciar que la autoridad judicial demandada, mediante Auto de 10 de agosto de 2022, declaró en rebeldía al accionante, sin valorar oportunamente el justificativo médico que éste presentó, según el sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional (https://tcpbolivia.bo).

II.3.  Cursa certificado médico de 9 de agosto de 2022, que, en lo más relevante, refiere que el paciente presenta frecuencia cardiaca de 106 latidos por minuto en reposo y que además refiere disnea a pequeños esfuerzos; por lo que se plantea sospecha diagnóstica de miocarditis post Covid, solicitándose estudios cardiovasculares, se indica reposo y no viajar a regiones de altura hasta esclarecer y/o solucionar su cuadro médico actual (fs. 17).

II.4.  Consta Acta de 12 de septiembre de 2022, de suspensión de audiencia virtual, de consideración de incidente de nulidad de imputación formal y aplicación de medidas cautelares la cual fue suspendida por problemas de sistema de red -Cisco Webex-, aspecto que imposibilitó al Juez demandado conectarse a esa audiencia, reprogramándose la misma para el día martes 20 de septiembre de 2022 de manera virtual (fs. 27).

II.5.  Conforme acta de audiencia de acción tutelar la autoridad accionada informó que a fin de evitar que se siga dilatando el proceso, se señaló audiencia de aplicación de medidas cautelares de manera presencial además de disponer el plazo de veinticuatro horas a efecto de que se presente el certificado médico emitido por el IDIF para modificar lo determinado (fs. 48 a 50 vta.).