SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2025-S2
Fecha: 21-Abr-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Auto Interlocutorio de 25 de agosto de 2022, la Jueza de Ejecución Penal Segunda del departamento de Cochabamba, admitió el incidente del libertad condicional interpuesto por Alan Ramírez -ahora accionante-, disponiendo además, la notificación con dicho actuado al Director del Centro Penitenciario San Antonio del indicado departamento y a los “…Directores del Régimen Penitenciario…” (sic); para que, en el plazo de diez días remitan los informes correspondientes a la clasificación del nombrado en el sistema progresivo (fs. 16).
II.2. Por memorial presentado en la Oficina Gestora de Procesos I del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, el 18 de octubre de 2022, a horas 15:36, Reynaldo Rafael Ayllon Vargas, Asesor Legal de Régimen Penitenciario del indicado departamento, remitió a la prenombrado Jueza de Ejecución Penal, la Resolución 017/2022 de 6 de octubre, del Consejo Penitenciario del Centro Penitenciario San Antonio del mencionado departamento, correspondiente a la clasificación del impetrante de tutela en el sistema progresivo; documentación recepcionada en el indicado Juzgado el 19 del mismo mes y año a horas 8:36 (fs. 23 a 33 vta.).
II.3. Cursa formulario de Notificación Personal 30346612-3, con la diligencia de notificación al Director del Centro Penitenciario San Antonio del departamento de Cochabamba, con la acción de libertad interpuesta por el peticionante de tutela, el auto de admisión y señalamiento de audiencia de garantías, practicado el 19 de octubre de 2022 a horas 9:00 (fs. 10).