SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2025-S3
Fecha: 24-Abr-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Constan memoriales presentado por los accionantes, dirigido al Pleno del Concejo Municipal y Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Arbieto del departamento de Cochabamba, recepcionado el 2 de diciembre de 2022, mediante el cual pusieron en conocimiento amenazas ejercidas por la OTB Santa Rosa de Lima y requirieron certificaciones para fines de ley (fs. 2 a 7).
II.2. Cursa proveído de 7 de diciembre de 2022, emitido por el Presidente del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Arbieto, intimando a los impetrantes de tutela a acreditar su legitimación y personería, complementando con documentación pertinente (fs. 189).
II.3. Cursan fotografías del tablero en el cual se encuentra el proveído de 8 de diciembre de 2022, emitido por el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Arbieto del departamento de Cochabamba, intimando a los peticionantes de tutela a acreditar su legitimación y personería con documentación idónea (fs. 187 a 188).