SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2025-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2025-S4

Fecha: 17-Abr-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados se establece lo siguiente:

II.1.   Cursa Acta de audiencia y Resolución de 5 de diciembre de 2021, firmado por Javier Ribert Antelo, Juez de Instrucción Penal Primero de Riberalta del departamento de Beni, mediante la cual dispuso detención preventiva en contra de Yulber Cartagena Cauco, por el plazo de cuatro meses, dentro de la investigación seguida en su contra por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de violación infante, niño, niña y adolecente, señalando al efecto audiencia de cesación a la detención preventiva para horas 10:00 del 5 de abril de 2022 (fs. 3 a 11).

II.2.    Acta de audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva 5 de abril de 2022, misma que fue suspendida ante la ausencia de las partes del proceso para horas 13:30 del 6 de igual mes y año (fs. 4); por proveído de 5 de abril de 2022, el Juez de Instrucción Penal Primero de Riberalta del departamento de Beni, argumentado la suspensión de la audiencia de horas 10:00 del mismo día, ante la ausencia del imputado, señaló nueva audiencia de cesación a la detención preventiva para horas 14:00 del 6 de abril de 2022 (fs. 13); y, por proveído de 5 de abril de 2022, el Juez de Instrucción Penal Primero de Riberalta del departamento de Beni, argumentado la suspensión de la audiencia de horas 10:00 del mismo día, ante la ausencia del imputado, señaló nueva audiencia para considerar la solicitud de ampliación de cesación a la detención preventiva impetrada por el Ministerio Publico para horas 13:30 del 6 de abril de 2022 (fs. 14).

II.3.   Cursa Acta de audiencia de consideración de la ampliación de la detención preventiva y cesación a la detención preventiva de 6 de abril de 2022, por medio de la cual y ante la ausencia del abogado de Yulber Cartagena Cauco –hoy accionante– la misma fue suspendida, para horas 13:00 del 8 de abril de 2022, disponiéndose además la notificación de Nicolau Vargas Mancilla sea notificado como defensor de oficio (fs. 45).