SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2025-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2025-S1

Fecha: 25-Abr-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa certificado médico de 4 de julio de 2022 expedido por Oscar Eduardo Sardon Aguilar -Médico General-, que establece que Freddy Alpire Salazar -accionante- tiene antecedente médico de dos bypass coronario y portador de un stent coronario, medicado con antihipertensivos e hipolipemiantes, y a la fecha del certificado se le diagnóstica crisis de ansiedad, crisis de hipertensión y arritmia cardiaca, por lo que le recetaron medicación y le recomendó reposo absoluto por cinco días, estudios complementarios y seguimiento por cardiología  (fs. 5).

II.2.  Consta certificado médico de 4 de julio de 2022 suscrito por Neni Celso Cuellar Rossell -médico cirujano y médico legal-, quien ratifica los antecedentes médicos de Freddy Alpire Salazar -ahora demandante de tutela-, el diagnóstico arribado por el médico general y le recomienda un reposo de setenta y dos horas (fs. 4).

II.3.  Mediante memorial presentado el 5 de julio de 2022, el impretrante de tutela solicita a la Jueza de Instrucción Penal Decimotercera de la Capital del departamento de Santa Cruz -ahora demandada-, la suspensión de audiencia de medidas cautelares, señalando que se encuentra delicado de salud y que con sus casi sesenta años es una persona vulnerable por lo que pide la suspensión y al final del memorial también solicita pueda ser la audiencia de forma virtual con el objeto de precautelar la vida y su integridad física, señala que adjunta certificado médico original               (fs. 3 y vta.).

II.4.  Corre nota de 5 de julio de 2022, suscrita por Luis Fernando Moreno Guzmán -Médico forense-, por el cual hace conocer a la Jueza de Instrucción Penal Decimotercera de la Capital del departamento de Santa Cruz, que cumpliendo la orden judicial de 30 de junio de 2022, procedió a la valoración médico forense del ahora accionante el 5 de julio del mismo año a horas 10:29 en dependencias del IDIF, pero que por problemas técnicos en el sistema informático “METISS” no pudo realizar la impresión y entrega del certificado médico correspondiente (fs. 6).