SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2025-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2025-S1

Fecha: 05-May-2025

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve CONFIRMAR en parte la Resolución 34/2023 de 10 de marzo, cursante de fs. 261 a 265, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:

CONCEDER en parte la tutela solicitada respecto a los derechos al trabajo, a la estabilidad e inamovilidad laboral hasta que el menor de edad AA cumpla  un año de edad; a la vida de su hijo, a la salud y a la seguridad social del mismo y de su esposa, y a la alimentación, de acuerdo con los fundamentos jurídicos  expuestos en este fallo constitucional; disponiendo:

a)  Dejar sin efecto el Memorando FSF-DAA-MEM-003/2023 de 3 de enero, emitido por Javier Agustín Ávila Vera, Director General Ejecutivo del Fondo de Desarrollo del Sistema Financiero y Apoyo al Sector Productivo (FONDESIF), ordenando el pago de salarios devengados desde la desvinculación laboral de Hernán Oscar Rodríguez Lafuente -3 de enero de 2023- hasta que el hijo cumplió un año de edad -28 de diciembre de 2023- sobre la base de la diferencia de remuneración entre Profesional I y el de Director Jurídico, más el pago de asignaciones familiares y seguridad social, salvo que estos ya se hubiesen cumplido;

DENEGAR la tutela solicitada con relación a la reincorporación laboral de Hernán Oscar Rodríguez Lafuente; puesto que su hijo ya cumplió un año de edad; así como, a los derechos a la salud y a la seguridad social de su entorno familiar, y respecto al pago de costas y pagos emergentes de la acción tutelar conforme con los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. Dra. Amalia Laura Villca

MAGISTRADA

Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo

MAGISTRADA